El alumnado con enfermedades crónicas, permanentes o temporales, queda amparado por la legislación actual vigente como alumnado con Necesidad Específica de Apoyo Educativo (NEAE) ya que por sus condiciones personales no puede acceder al sistema educativo de forma normalizada tal y como se contempla en:
- Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (LEA, 2007)
- Ley 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE, 2013)
- Decreto 167/2003, de 17 de junio, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas.
- Orden 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía.
- Instrucciones de 29 de junio de 2007, de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación para la Atención Educativa en Domicilio, destinada al alumnado enfermo con imposibilidad de asistencia al centro educativo por prescripción médica.
- Instrucciones de 14 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Participación y Equidad, para la Atención Educativa Domiciliaria, destinada al alumnado con imposibilidad de acudir al Centro Docente por razones de enfermedad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario